CON FUNDAMENTO EN LA CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA DEL CONVENIO CELEBRADO POR EL GOBIERNO DEL ESTADO DE OAXACA Y EL SINDICATO NACIONAL DE LOS TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN, EL 18 DE MAYO DE 1992 EN EL QUE SE RECONOCE QUE EL ESCALAFÓN REGIONAL REGULARIZARÁ LOS DERECHOS ESCALAFONARIOS DE LOS TRABAJADORES DEL SISTEMA EDUCATIVO ESTATAL, ADOPTANDO EL REGLAMENTO DE ESCALAFÓN PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 14 DE DICIEMBRE DE 1973, PARA REGULAR SU FUNCIONAMIENTO A TRAVÉS DE LA COMISIÓN ESTATAL MIXTA DE ESCALAFÓN Y EN CUMPLIMIENTO DE LO QUE ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS: 48, 58 Y 59 DE LA LEY FEDERAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO; REGLAMENTARIA DEL APARTADO “B” DEL ARTÍCULO 123 CONSTITUCIONAL, ASÍ COMO LO DISPUESTO EN EL CAPÍTULO TERCERO DEL TITULO CUARTO DEL REGLAMENTO DE ESCALAFÓN DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA. ESTA COMISIÓN ESTATAL MIXTA DE ESCALAFÓN DE ACUERDO A LA NORMATIVIDAD DE ESCALAFÓN VIGENTE PARA LA PROMOCIÓN O ASCENSO DE CLAVES ESCALAFONARIAS EN ESTE SUBSISTEMA, Y TOMANDO EN CUENTA LOS CRITERIOS COMPLEMENTARIOS QUE LA COMISIÓN TRIPARTITA HA ESTABLECIDO CONVOCA, A LOS C.C. DOCENTES CON CLAVE E2781 (M-10) AL CONCURSO ESCALAFONARIO QUE SE CELEBRARÁ DE ACUERDO A LAS BASES QUE SE INCLUYEN, PARA ASIGNAR LA CLAVE DE E2725 DE DIRECTOR DE TELESECUNDARIAS.
ATENTAMENTE
PROF. JAVIER BAUTISTA GONZALEZ
RESPONSABLE DE ESCALAFON - TSO